TRIBUNAL FISCAL, FACULTADES DEL, EN MATERIA DE PRUEBAS.
El Tribunal Fiscal de la Federación tiene facultades sobre recepción de pruebas mucho más amplias que las que corresponden a un simple tribunal revisor, y para cumplir con esta misión, y como obligación correlativa implícita de dichas facultades, debe obrar con el más amplio criterio, al recibir las pruebas ofrecidas por las partes, allanando cuantas dificultades se presenten y mostrando su buena voluntad en aprovechar todos los elementos de investigación que estén a su alcance; ahora bien, si para mejor proveer, ordena que se traiga a la vista el expediente en que obran unos documentos mandados compulsar, es evidente que ante todo, debe exigir el cumplimiento de ese acuerdo, pues confiada en él la parte que pidió la compulsa, puede muy bien no insistir en ella resultando a la postre, privada de defensa, si el tribunal no exige aquélla, ya que no se toman en cuenta pruebas ofrecidas por dicha parte, y que la Sala mandó traer a la vista.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330168-6905da33/tribunal-fiscal-facultades-del-en-materia-de-pruebas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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