CAPITALES, EXPORTACION DE.
Las cantidades pagadas en el extranjero, por una compañía, como retribución de actividades desarrolladas en México, causan el impuesto sobre exportación de capitales, a menos que se demuestre ante la Secretaría de Hacienda, que dichas sumas se trajeron al país en un plazo de noventa días, contados a partir de la fecha en que se hubiere hecho el pago.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330241-ca7e1ebf/capitales-exportacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7070/38. Compañía Mexicana Radiodifusora Fronteriza, S. A. 18 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.
Jurisprudencia relacionada
- CAPITALES, EXPORTACION DE. (s/clave)
- CAPITALES, EXPORTACION DE. (s/clave)
- CAPITALES, COMPROBACION DE LAS DEDUCCIONES EN LA EXPORTACION DE. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL, DE CANTIDADES GRAVADAS POR EL IMPUESTO SOBRE EXPORTACION DE CAPITALES. (s/clave)
- CAPITALES, EXPORTACION DE. (s/clave)
- CAPITALES, EXPORTACION DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis