CAPITALES, EXPORTACION DE.
Las operaciones en virtud de las cuales existe disposición de capital mexicano fuera de México, quedan gravadas por la ley o, lo que es lo mismo, cuando en el extranjero y en virtud de una operación celebrada con una empresa domiciliada en México, existe un crédito a cargo de una empresa mexicana, que permita girar en contra de ésta, existe una exportación de capitales, porque la extranjera opera o puede operar dentro del país, con capital mexicano que en cualquier momento se podrá hacer efectivo allá.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331254-22eb9ffc/capitales-exportacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3868/38. Compañía Manufacturera de Cigarros "El Aguila", S. A. 25 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: Agustín Aguirre Garza.
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