Corpus
Modo: Corpus Pro

INFORME, FALTA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 330322 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1717

Las autoridades responsables pueden, fuera del término concedido para rendir el informe con justificación, demostrar, con la presentación de la prueba documental del caso, que el juicio es improcedente, así es que los Jueces de Distrito no infringen el artículo 149 de la Ley de Amparo, cuando examinan en la sentencia los documentos exhibidos por las responsables, después de transcurrir el repetido término, para determinar si existe o no causa de improcedencia que amerite el sobreseimiento en el juicio; así pues, en primera instancia deben apreciarse los informes de las autoridades respecto a la existencia de causas de sobreseimiento y, por consiguiente, las pruebas que para acreditar esas causas se presenten en cualquier estado del procedimiento.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330322-2d4bedeb/informe-falta-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1629/39. Sindicato de Propietarios de la Línea de Autotransportes de "México, Cuernavaca, Acapulco", "Flecha Roja". 13 de junio de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.

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