Corpus
Modo: Corpus Pro

ALCOHOL, COMPRAVENTA DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 330427 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 107

El simple hecho de transportar una partida de alcohol, del lugar de su origen al de alguna población del Estado de México, no implica la celebración, en el territorio de esa entidad, del contrato de compraventa, y si las autoridades no rinden prueba alguna que acredite que dentro de dicho territorio se efectúa la compraventa, como por la sola introducción no se causa el impuesto respectivo, el cobro es infundado y, consecuentemente, también lo es la multa impuesta por haberse omitido fraudulentamente el pago del impuesto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330427-6f270d37/alcohol-compraventa-del-legislacion-del-estado-de-mexico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 7874/38. Martínez Maximiano. 10 de enero de 1939. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.

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