MULTAS, PAGO DE.
Por el hecho de pagar una multa, no puede tenerse el acto como consumado irreparablemente, para los efectos del amparo, ya que éste tiene efectos restitutorios y la devolución del pago no es difícil ni imposible.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330795-90b8b96f/multas-pago-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5525/38. Balcázar Rubén C. 22 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar.
Jurisprudencia relacionada
- MULTAS, SU PAGO NO ES ACTO IRREPARABLE. (s/clave)
- MULTAS, SUSPENSION EN CASO DE. (s/clave)
- MULTAS, INCONFORMIDAD CON LAS. (s/clave)
- MULTAS. (s/clave)
- MULTAS. (s/clave)
- MULTAS, CASOS EN QUE SU PAGO NO HACE IMPROCEDENTE EL AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis