EMPLEADOS DE SALUBRIDAD, CESE DE LOS.
Es doctrina de Derecho Público, aceptada por la Suprema Corte de Justicia, que en Derecho Administrativo rige el principio del estatuto legal, que señala y limita las atribuciones de las autoridades y su alcance, por lo que los actos ejecutados sin autorización expresa de un precepto legal, en perjuicio de persona determinada, son inconstitucionales. Ahora bien, como de acuerdo con la ley, el jefe del Departamento de Salubridad debe acordar directamente con el presidente de la República, en ningún caso pueden existir, ni delegación de funciones constitucionales ni acuerdo tácito que lo faculte para cesar a un empleado del Departamento de Salubridad, y si lo hace, tal acto es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330928-bc8c9dd1/empleados-de-salubridad-cese-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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