EMPLEADOS DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS.
Si está comprobado en autos, que en cumplimiento de una ejecutoria de la Suprema Corte, el Departamento de Salubridad Pública reinstaló en su trabajo al quejoso y que el nuevo cese del mismo, se debió a una reforma al Estatuto Jurídico, que consideró a los agentes sanitarios, como empleados de confianza, no puede decirse que este último cese sea una repetición lisa y llana del acto reclamado en el amparo anterior, ya que obra de por medio la circunstancia de que el quejoso dejó de estar protegido por el Estatuto Jurídico, al estimársele como empleado de confianza; por lo que, el departamento responsable, con la facultad de que disfruta para nombrar y cambiar libremente a sus empleados de categoría, pudo cesar el recurrente en el puesto que venía desempeñando.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/376741-345f29c8/empleados-de-confianza-al-servicio-del-estado-cese · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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