EXPROPIACION, CONSENTIMIENTO DE LA.
Consentido el decreto expropiatorio, que es el acto por virtud del cual el Estado, como órgano de la soberanía, dispone del bien para fines de utilidad pública, deben tenerse también como tácitamente aceptados los actos subsecuentes, que no son sino la consecuencia necesaria e ineludible de la fuerza obligatoria del decreto, y si en éste quedan establecidas bases para el otorgamiento de las escrituras y el pago respectivo, consentido aquél, es evidente que tienen que tenerse como consentidos los actos consistentes en el otorgamiento de la escritura respectiva y el modo de hacerse el pago.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330990-0c840d46/expropiacion-consentimiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EXPROPIACION, CONSENTIMIENTO EN LA. (s/clave)
- EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA. (ES FACULTAD Y NO OBLIGACION). (s/clave)
- EXPROPIACION (ACTOS CONSENTIDOS). (s/clave)
- EXPROPIACION. PARA QUE SE DECRETE, ES NECESARIO QUE EL BIEN RESPECTIVO SEA IDONEO PARA SATISFACER LA CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA DE QUE SE TRATE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis