COOPERATIVAS, EXENCIONES A LAS.
De la exposición de motivos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, se desprende que el legislador general consideró que la protección fiscal que se otorgara a las cooperativas que operaran directamente con el público, no promovieron una competencia desleal y prohibida por la leyes; por tanto, si las cooperativas de abastecedoras que protege un decreto, operan directamente con el público, es obvio que la franquicia fiscal que se les conceda posibilita una competencia desleal y contraria al artículo 28 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331470-de869762/cooperativas-exenciones-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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