LEYES, VIOLACION DE.
Ninguna ley o decreto queda derogado sino por otro posterior, y la promulgación de la Constitución de 1917, no pudo tener por efecto derogar el Decreto de 31 de mayo de 1882, porque sus disposiciones no vienen a contrariar las que contiene dicho decreto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331471-95963038/leyes-violacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1034/23. Montesinos de González Dolores. 19 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.
Jurisprudencia relacionada
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- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- CONSTITUCION DE 1917. (s/clave)
- LEY DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1902. (s/clave)
- DECRETOS ILEGALES. (s/clave)
- LEY DE PAGOS. (s/clave)
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