CALLES, ASEO DE.
Demostrado que una persona no tenía la obligación de procurar que se barriera el frente de una casa, por no formar parte del vecindario respectivo, las infracciones que se levanten por ese motivo y que traten de cobrársele, son violatorias de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/331526-d3a3f57c/calles-aseo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1143/38. Gleeson de Margain María Teresa. 30 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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