RADIODIFUSORAS, REVOCACION DE LOS PERMISOS A LAS.
Los permisos para el funcionamiento de las radiodifusoras, no pueden dar más derechos a los favorecidos, que los de hacer funcionar sus estaciones dentro de las normas establecidas por la Ley de Vías Generales de Comunicación, en tanto no sean revocados, y por tanto, nunca pueden crear situaciones jurídicas irrevocables, mientras no infrinjan el propio reglamento, puesto que es condición de los mismos su irrevocabilidad, que siempre queda a juicio de la Secretaría de Comunicaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332285-b7cf01c7/radiodifusoras-revocacion-de-los-permisos-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5592/37. López C. Carlos. 4 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.
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