EMBARGOS FISCALES, TERCEROS EN LOS.
Cuando un tercer opositor reclama el dominio de unos bienes embargados en un procedimiento fiscal, existe la obligación ineludible, para la autoridad fiscal, de levantar el embargo, si con los documentos que el tercero opositor acompaña a su escrito, demuestra que es a él a quien pertenece el dominio de los bienes, y dicha obligación hace que la revocación del hecho que se estima violatorio, se pueda obtener desde luego, existiendo, por tanto, un medio ordinario para conseguir la reparación del perjuicio que se dice sufrido con el acto que se estima anticonstitucional, por la cual es improcedente el amparo que contra el mismo se pida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332507-d158823d/embargos-fiscales-terceros-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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