PERSONA EXTRAÑA AL PROCEDIMIENTO ECONOMICOCOACTIVO.
Si bien la Suprema Corte ha establecido que los terceros interesados pueden reclamar sus derechos por medio del juicio constitucional, sin necesidad de haber agotado las defensas previamente establecidas por la ley del acto, esto ha sido sólo cuando se trata de actos en los que prive al agraviado de la posesión real y efectiva de sus bienes, en un procedimiento al que es ajeno, causándole con ello una lesión en sus derechos posesorios, con manifiesta violación de las garantías que otorga el artículo 14 constitucional, por lo que sí, un embargo por si solo, aunque afecte a la propiedad del inmueble, en nada inquieta la posesión del mismo, el poseedor, antes de ocurrir al amparo, tiene que agotar los recursos de la ley del acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332513-4cb348f1/persona-extrana-al-procedimiento-economicocoactivo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROCEDIMIENTO ECONOMICO COACTIVO, TERCEROS EXTRAÑOS AL. (s/clave)
- PERSONA EXTRAÑA A UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. IMPORTA VIOLACIONES DIRECTAS A LA CONSTITUCION EL EMBARGO DE BIENES DE. (XV.2o.5 K)
- PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO. (s/clave)
- TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO CONSTITUCIONAL. TIENE ESE CARACTER LA PARTE DEMANDADA EN EL JUICIO DEL QUE EMANAN LOS ACTOS RECLAMADOS. EMBARGO. (s/clave)
- PERSONA EXTRAÑA A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- PERSONA EXTRAÑA A UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. IMPORTA VIOLACIONES DIRECTAS A LA CONSTITUCION EL EMBARGO DE BIENES DE. (XIX.2o.8 A)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis