Corpus
Modo: Corpus Pro

TITULOS PROFESIONALES, REGISTRO DE. (LEGISLACION DE MICHOACAN).

Clave: — · Registro digital (IUS): 332777 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2329

La Universidad de Michoacán carece de disposición legal en qué fundarse para llamar a una persona, a fin de que disipe las dudas que aquélla tenga acerca de la autenticidad del título que ésta trate de registrar y para resolver hasta después de haber tomado informes; pero el interesado debe aportar la documentación necesaria para orientar el criterio de dicha universidad, a fin de que en el desempeño del papel de tribunal de buena fe o de conciencia, esté en condiciones de decir si el título presentado para su registro y proveniente de otro Estado, fue expedido cumpliendo con las leyes relativas del mismo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332777-c51cd540/titulos-profesionales-registro-de-legislacion-de-michoacan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 8285/35. Rodríguez Gil y Vélez Antonio. 28 de agosto de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: Alonso Aznar Mendoza.

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