NACIONALIZACION DE BIENES, APLICACION RETROACTIVA DE LA LEY DE.
Solamente los preceptos que figuran en la constitución pueden regir al pasado, pero cuando estos están incluidos en alguna ley reglamentaria o ésta contiene una repetición substancial o una consagración en detalles de aquellos preceptos, la misma puede aplicarse a hechos acaecidos con anterioridad. Ahora bien, como la ley de nacionalización de bienes no es otra cosa que la reglamentación del procedimiento rápido y eficaz para aplicar el precepto del artículo 27 constitucional, que nacionaliza ciertos y determinados bienes poseídos por el clero o por interpósitas personas, puede regir sin violación de la parte relativa del artículo 14 constitucional, el pasado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332966-7daaa1ef/nacionalizacion-de-bienes-aplicacion-retroactiva-de-la-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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