MOLINOS DE NIXTAMAL, TRASPASO DE.
Conforme al derecho común, el traspaso es un título de cesión bastante para adquirir el dominio de un molino de nixtamal y, por lo tanto, éste viene a ser propiedad del adquirente, mediante tal operación, por lo que la orden de clausura de dicho molino afecta sus intereses jurídicos, sin que sea un obstáculo para llegar a esta conclusión, que dicho traspaso no haya sido autorizado por la oficina de licencias, porque este requisito no se encuentra establecido en el Reglamento para los Molinos de Nixtamal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/333808-af8ba4fc/molinos-de-nixtamal-traspaso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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