COOPERATIVAS, SANCIONES A QUE ESTAN SUJETAS SI NO SE AJUSTAN A LA LEY.
La única sanción que establece la Ley de Sociedades Cooperativas, vigente, para que aquellas que funcionen con tal carácter, no se hubiesen ajustado a los preceptos de dicha ley, dentro del plazo legal concedido, es que no podrán usar el nombre de cooperativas, y la violación está sancionada, no con la nulidad de los actos que ejecuten, sino con una multa de cinco a quinientos pesos, en los términos del artículo 114 del reglamento de la propia ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334035-15f75859/cooperativas-sanciones-a-que-estan-sujetas-si-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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