AUTORIDADES, FACULTADES DE LAS.
Aunque la autoridad responsable esté legalmente obligada a devolver a una persona unos bienes que le fueron rematados, sin duda alguna que no se le puede exigir, para cumplir con esta obligación, que dicte trámites no autorizados por la ley, ni se puede permitir que dicha obligación deje de cumplirse, para evitar perjuicios que emanen de la propia imprevisión del quejoso, manifestada al embargar bienes que no podían corresponder en definitiva al embargado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334102-b1464143/autoridades-facultades-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2820/36. Béjar Marcos. 21 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.
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