SACERDOTES, PENA A LOS.
Si no queda demostrado que un sacerdote efectuó un matrimonio, en contravención al artículo 2o. de la ley reglamentaria del artículo 130 constitucional, la sanción que se le imponga, con fundamento en dicha disposición, es ilegal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334218-dedf54d3/sacerdotes-pena-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1475/36. Ramos Chávez Rafael. 15 de abril de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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