COMPETENCIA.
Para fijar la jurisdicción en el juicio de garantías, la fracción IX del artículo 107 constitucional, tiene en cuenta el lugar en que al acto reclamado se ejecuta o trata de ejecutarse, siendo esto lo que principalmente fija la competencia del Juez.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/334467-0847ee14/competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 743/35. Suscitada entre los Jueces de Distrito, Primero en Materia Administrativa, en el Distrito Federal y en el Estado de Hidalgo. 13 de enero de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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