PETROLEO, EXPLOTACION DEL.
De acuerdo con el artículo 27 constitucional, el petróleo que se encuentre en el subsuelo del territorio nacional, pertenece a la nación, y nadie tiene derecho a explotarlo, sino cuando ésta autoriza la explotación, otorgando la concesión correspondiente, la cual hace nacer el derecho de explotar el petróleo contenido en el subsuelo; por lo que si una persona no comprueba que existe en su favor concesión alguna, que la autorice para hacer dicha explotación en el subsuelo de un lote determinado, la concesión petrolera concedida por la nación a un tercero, no puede herir derecho alguno de aquella persona, ni causarle perjuicios, por lo que si pide amparo contra la concesión dada al tercero, dicho juicio debe sobreseerse por causa de improcedencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335051-7df1a144/petroleo-explotacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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