EXPROPIACION, LEY DE, DEL ESTADO DE VERACRUZ.
La Ley de Expropiación expedida en el Estado de Veracruz ha sido considerada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, como dictada en beneficio social, y, por tanto, no son susceptibles de ser suspendidos los actos que de la misma emanen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335057-80df8b24/expropiacion-ley-de-del-estado-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2924/35. Esperón Antonio. 28 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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