EXPROPIACION, LEY NUMERO 323 (LEGISLACION DE VERACRUZ).
La Ley Número 323 no establece propiamente modalidades a la propiedad, sino que determina los casos en que es de utilidad pública en el Estado de Veracruz, la ocupación de la propiedad privada, conforme a la fracción VIII del artículo 27 constitucional, las leyes de la Federación y de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos de utilidad pública para la expropiación de la propiedad particular. Por consiguiente, la Legislatura del Estado de Veracruz, al expedir la citada ley, lo hizo gozando de una facultad expresamente otorgada por la Constitución, a las legislaturas de los Estados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335082-a219fc9c/expropiacion-ley-numero-323-legislacion-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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