IMPUESTO EXTRAORDINARIO SOBRE LA RENTA.
El artículo 3o., fracción I, de la Ley que creó el impuesto extraordinario, y que establece que éste se causará a razón del uno por ciento sobre los ingresos manifestados en la última declaración definitiva o semestral, respectivamente, que para el pago del impuesto sobre la renta hubieren presentado o debido presentar los causantes, en el año de 1930, no significa una aplicación retroactiva de la ley, y el aludir a impuesto pasados, solamente significa un medio adecuado para fijar el impuesto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335215-a167faf2/impuesto-extraordinario-sobre-la-renta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 12979/32. Celorio Ruiz José. 24 de julio de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza.
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTO EXTRAORDINARIO SOBRE LA RENTA. (s/clave)
- LEY DEL IMPUESTO EXTRAORDINARIO NO TIENE CARÁCTER RETROACTIVO.- (1614)
- LEY DEL IMPUESTO EXTRAORDINARIO NO TIENE CARÁCTER RETROACTIVO. (s/clave)
- IMPUESTOS SOBRE LA RENTA, APLICACION DE LOS. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, APLICACION RETROACTIVA DE LA LEY DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis