POLICIA, PARTES RENDIDOS POR LOS AGENTES DE LA.
El parte de policía debe estimarse como una manifestación de autoridad que, si no forma o constituye una prueba plena del acto a que se refiere, sí conduce a una presunción de la existencia del mismo, la que sirve al superior para justificar la imposición de una pena, cuando con este informe se acredita la violación de los reglamentos de policía y un buen gobierno, y es al agraviado a quien corresponda demostrar, ante la autoridad que impone la pena, la falsedad del informe rendido; pues en otra forma resultaría que los agentes de la autoridad se encontrarían privados de medios legales para acreditar, en el ejercicio de sus funciones, la existencia de una infracción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/335912-7021f25a/policia-partes-rendidos-por-los-agentes-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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