FERROVIARIOS.
No puede decirse que los Ferrocarriles Nacionales, priven a los obreros del servicio que les correspondía cubrir, de conformidad con las cláusulas del contrato de trabajo respectivo, si al boletinar una corrida, en virtud de cambio de horario, deja vacante el servicio, pero a salvo los derechos de los obreros, para trabajar en otras corridas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336179-91b27a4e/ferroviarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3773/33. Townsend Salvador y coagraviado. 22 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.
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