ALBACEA, PERSONALIDAD DEL, EN EL AMPARO.
Si para justificar el carácter de albacea de una sucesión, se exhibe con la demanda de amparo, una copia certificada de la cual aparece el nombramiento de albacea, pero no se comprobó la aceptación y protesta de ese cargo, no está acreditada la representación con que se ostenta el promovente y debe sobreseerse de acuerdo con el artículo 3o. de la ley reglamentaria del juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336346-3c568488/albacea-personalidad-del-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1859/32. Junco Pontón Luis, sucesión de. 4 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
Jurisprudencia relacionada
- PERSONALIDAD DE LAS SUCESIONES EN EL AMPARO. (s/clave)
- PERSONALIDAD DE LAS SUCESIONES EN EL AMPARO. (s/clave)
- ALBACEAS, SU PERSONALIDAD PARA OCURRIR AL AMPARO. (s/clave)
- ALBACEAS, PERSONALIDAD DE LOS, EN EL AMPARO. (s/clave)
- ALBACEA, NECESIDAD DE JUSTIFICAR SU CARACTER, EN EL MOMENTO DE PROMOVER AMPARO. (s/clave)
- ALBACEA, JUSTIFICACION DEL CARGO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis