PERSONALIDAD DE LAS SUCESIONES EN EL AMPARO.
Siendo el carácter de albacea de una sucesión, revocable por su naturaleza, es evidente que no basta para acreditarlo, demostrar que en determinado juicio de amparo, promovido con anterioridad, existe el documento que comprueba ese carácter, por lo cual es indispensable que quien se ostenta con esa representación, necesita, para pedir amparo, justificar, en cada caso, con los documentos necesarios, que en la fecha de la interposición de la demanda, desempeña el cargo de albacea.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365959-5bc8b57d/personalidad-de-las-sucesiones-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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