Corpus
Modo: Corpus Pro

PERSONALIDAD DE LAS SUCESIONES EN EL AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 364250 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 112

El que promueve amparo a nombre de una sucesión, debe comprobar que su carácter de albacea existe precisamente en el momento de instaurar la demanda, y es de presumir que esa personalidad desapareció, si ha transcurrido el término natural del encargo o el plazo señalado por el testador o por la ley para ejercer el albaceazgo. Por otra parte, si se trata de albaceas mancomunados, la promoción del amparo por uno solo de ellos, carece de validez, por no estar completa la personalidad del promovente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364250-911ccf8b/personalidad-de-las-sucesiones-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil en revisión 746/23. Zamudio Chávez Manuel sucesión de. 8 de mayo de 1930. Mayoría de cuatro votos. disidente: Alberto Vázquez del Mercado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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