Corpus
Modo: Corpus Pro

AMPARO, PERSONALIDADES DIVERSAS PARA PROMOVERLO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 325553 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 46

Si la personalidad con que el albacea de una sucesión promovió un amparo, no es la misma con la que se ostentó en otro, ya que en aquél, le instauró por su propio derecho, y en éste como albacea de una sucesión, es claro que se trata de distintas personalidades en los juicios de referencia, por lo que no se encuentra comprendido el caso, dentro de los requisitos que exige la fracción III del artículo 73 de la Ley de Amparo, esto es, no existe causa de improcedencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325553-74eecef8/amparo-personalidades-diversas-para-promoverlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3438/42. Cruz viuda de Arévalo María, sucesión de. 1o. de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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