CONTRIBUCIONES, CONVENIO SOBRE EL PAGO DE LAS.
Si un causante celebra un arreglo con el gobierno de un Estado, por el que se le concede un plazo razonable para liquidar su adeudo de impuestos, y no obstante tal convenio, se mandan sacar a remate bienes pertenecientes al propio causante, para hacerse efectivo el pago de aquellos impuestos, este procedimiento es violatorio de las garantías que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales, ya que con él se causan al quejoso, molestias infundadas e inmotivadas, por falta de cumplimiento del aludido convenio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336670-f1ef1cb8/contribuciones-convenio-sobre-el-pago-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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