CONTRIBUCIONES.
Si la acción economicocoactiva no se dirige contra el que está obligado a pagar contribuciones, y cuya personalidad es oficialmente conocida por las oficinas rentísticas, el embargo, remate y desposeimiento que el causante sufra, importan una violación a los artículos 14 y 16 constitucionales, y la aprobación que el procedimiento fiscal hagan las demás autoridades a quienes la ley da intervención en estos asuntos, también importa una violación constitucional debiendo concederse el amparo, para el efecto de que el causante sea oído en el procedimiento fiscal relativo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/282899-b098b155/contribuciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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