TIMBRE, CERTIFICACIONES EXENTAS DEL PAGO DE.
La Ley del Timbre excluye del pago del impuesto, las certificaciones hechas en las mismas actuaciones judiciales; pero no las que se deducen de dichas actuaciones, para presentarse en otro juicio, estando exentas solamente cuando se expidan para ser utilizadas en asuntos penales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/336766-3527c1df/timbre-certificaciones-exentas-del-pago-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3205/26. Fenochio Luz, sucesión de. 28 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.
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