AMPARO ADMINISTRATIVO.
Siendo de estricto derecho, es en la demanda y no en los alegatos donde el quejoso debe invocar la violación de las disposiciones legales en que funda sus derechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337341-7d08af9e/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 704/31. Coppe Federico. 8 de octubre de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. Relator: Daniel V. Valencia.
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO ADMINISTRATIVO. (s/clave)
- AMPARO CIVIL. (s/clave)
- AMPARO CIVIL. (s/clave)
- AMPARO CIVIL. (s/clave)
- AMPARO CIVIL. (s/clave)
- AMPARO CIVIL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis