PETROLEO.
Contra la declaración de que las aguas que pasen por un fundo petrolífero, son propiedad nacional, procede conceder la suspensión mediante fianza, para el efecto de que el concesionario pueda continuar los trabajos de exploración y explotación de los terrenos en donde se encuentren comprendidas las aguas declaradas de jurisdicción federal; pues aun cuando el acto es declarativo en su forma, tiene consecuencias, derivadas de esa declaración, que son susceptibles de ocasionar al concesionario, perjuicios difícilmente reparables.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337503-d821592f/petroleo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3380/30. Compañía Transcontinental de Petróleo, S. A. 3 de julio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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- PETROLEO, DECLARACION DE QUE UNAS AGUAS SON NACIONALES, AFECTANDO LOS DERECHOS DE LOS EXPLOTADORES, EN LAS ZONAS FEDERALES. (s/clave)
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