EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA.
Tratándose de una obra de utilidad pública, la autoridad antes de decretar la expropiación, debe justificar esa utilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337608-1424ac3b/expropiacion-por-causa-de-utilidad-publica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4450/26. Hernández viuda de Ramírez Antonia. 26 de enero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis M. Calderón. Relator: Salvador Urbina.
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