INFORME CON JUSTIFICACION.
Si lo rinde autoridad distinta de la señalada como responsable, prácticamente falta dicho informe, y deben tenerse como ciertos los actos que se reclaman; y es indebido que el Juez de Distrito se base para resolver, en ese informe y en pruebas que aduzca una autoridad extraña a la controversia constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338422-f4016645/informe-con-justificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4687/28. Orduña Rodolfo. 1o de junio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Cisneros Canto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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