COPIAS PARA LA REVISION.
Si no se exhiben las copias del escrito de expresión de agravios, dentro del término de cinco días que la ley señala para interponer el recurso de revisión, debe desecharse éste por no haberlo interpuesto en la forma legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338453-a72e104e/copias-para-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXVI, página 2508. Indice Alfabético. Amparo 796/24. Metrá Alberto. 4 de julio de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca. Excusa: Arturo Cisneros Canto.
Tomo XXVI, página 1284. Amparo administrativo en revisión. 1823/25. Lorenzo Hoyo, sucesores. 3 de julio de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Arturo Cisneros Canto y Daniel V. Valencia. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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