COPIAS PARA LA REVISION.
Cuando se interponga la revisión directamente ante la Corte, o ante el Juez de Distrito, el recurrente acompañará a su escrito de expresión de agravios, suficientes copias, una para el expediente, y las demás para cada una de las partes en el juicio, y si no lo hace así, esta omisión es motivo legal para desechar el recurso de revisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364021-96587d47/copias-para-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Reclamación contra el Presidente de la Suprema Corte de Justicia 2213/30. Schulz Hugo. 10 de septiembre de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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