BIENES DE USO COMUN.
Si bien el Estado, en numerosos casos, se ve en la necesidad de ocurrir ante los tribunales, en defensa de sus derechos, por no poder hacerse justicia por sí mismo, también lo es que si como entidad jurídica está equiparado a las personas físicas o morales, como nación soberana ejercita su dominio sin ejecución a las leyes que norman los actos del individuo, cuando su propia existencia, su seguridad o el bien público así lo exigen. De ahí que todo acto ejercitado por el poder público haya necesidad de determinar cuándo obra como persona moral susceptible de derechos y obligaciones y cuándo como autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338583-671e3687/bienes-de-uso-comun · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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