PRUEBAS EN EL AMPARO.
Las pruebas en el amparo no deben recabarse por conducto de los Jueces de Distrito, sino que los interesados deben solicitar directamente de las autoridades o funcionarios, las constancias que necesitan para ofrecerlas como pruebas, en el acto de la audiencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338646-1e0e20d5/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Compañía Minera de Peñoles, S. A. 18 de marzo de 1929. Mayoría de cuarto votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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