LETRAS DE CAMBIO, REQUISITOS DE LAS.
La falta de la huella digital del girador no invalida la letra de cambio, porque no es un requisito que exija el artículo 86 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, pues sólo establece que cuando el girador no sabe o no pueda escribir, firmará a su ruego otra persona en fe de lo cual firmará un corredor público titulado, un notario o cualquier otro funcionario que tenga fe pública.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/338922-83ec5ece/letras-de-cambio-requisitos-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 894/56. Sofía Centeno viuda de García. 9 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
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