COSTAS, TEMERIDAD EN EL CASO DE LAS.
Procede con temeridad el apelante de un fallo con que anticipadamente estuvo de acuerdo, como en el caso en que el demandado, al producir su contestación, manifiesta que está dispuesto a firmar el contrato de arrendamiento cuyo otorgamiento se le reclama, pero no por la renta pretendida por el actor, sino por la que había venido pagando, y que es precisamente como lo decide el fallo de primera instancia que después esa misma parte impugna en apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339155-44cc1fb0/costas-temeridad-en-el-caso-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4386/55 J. Refugio Vara. 5 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, página 327, como tesis relacionada con la jurisprudencia 112.
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS. (s/clave)
- COSTAS. (s/clave)
- COSTAS, TEMERIDAD COMO REQUISITO PARA EL PAGO DE LAS. (s/clave)
- COSTAS EN SEGUNDA INSTANCIA. (s/clave)
- COSTAS, APRECIACION DE LA TEMERIDAD O MALA FE, PARA LA CONDENACION AL PAGO DE LAS. (s/clave)
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