SOCIEDAD LEGAL, LIQUIDACION DE LA.
Solamente cuando se hace la liquidación de la sociedad, en la que figuran tanto el activo como el pasivo, se llegan a terminar las ganancias repartibles entre los cónyuges, pues hasta ese momento cuando se determina si hay ganancias o pérdidas susceptibles de reparto. De otra manera no habría igualdad entre los cónyuges, si únicamente se recibieran los beneficios representados por el activo y no se sufrieran las consecuencias del pasivo. Por lo tanto, si no se ha hecho esta liquidación, la deuda contraída por uno de los cónyuges afecta los bienes de la sociedad legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339221-e3652d4b/sociedad-legal-liquidacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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