ASOCIACIONES, APORTACION PARA LA CONSTITUCION DE LAS.
Es un requisito indispensable para la existencia de sociedades, sean civiles o mercantiles, la aportación de bienes o industrias, dinero en efectivo y trabajo, establecer su objeto y modo de actuar. Si unas personas no aportan un centavo, ni siquiera trabajo o producto de éste, para la formación de una asociación, sino sólo su propósito de trabajar, no constituyeron legalmente ninguna asociación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339402-2ac68b12/asociaciones-aportacion-para-la-constitucion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4927/54. Clara Barriga Guzmán y coags. 13 de junio de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
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