ASOCIACIONES, OBLIGACIONES DE LAS.
La libertad de asociación no libera a los particulares de la obligación de satisfacer las exigencias que la ley señala para la constitución de instituciones de carácter público, con personalidad jurídica, situación distinta de las asociaciones privadas, quienes no pueden quedar sujetas a reglamentaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/233365-e8cda30a/asociaciones-obligaciones-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 978/72. Unión de Propietarios de Fincas Urbanas y Suburbanas de Culiacán, A.C. 10 de octubre de 1972. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCIII, página 1283, tesis de rubro "ASOCIACIONES, OBLIGACIONES DE LAS.".
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