ARRENDAMIENTO (LEY DEL INQUILINATO DEL ESTADO DE VERACRUZ).
El artículo 2o. de la Ley del Inquilinato del Estado de Veracruz determina que el total de las rentas de una casa o vivienda, no podrá exceder del seis por ciento anual sobre el valor real de las mismas fincas. Esa disposición únicamente contiene una taxativa, al decir que no podrá exceder del seis por ciento anual, mas no consigna el derecho de que, en todo caso debe ser ese seis por ciento anual, de manera es que dejó al arbitrio del juzgador el señalamiento del tanto por ciento anual, sin excederse del seis por ciento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339457-56762ecf/arrendamiento-ley-del-inquilinato-del-estado-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ARRENDAMIENTO, FIJACION DEL MONTO DE RENTAS EN EL (LEY INQUILINARIA DEL ESTADO DE VERACRUZ). (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, REAVALUO DE FINCAS (LEGISLACION DE VERACRUZ). (s/clave)
- ARRENDAMIENTO EN VERACRUZ. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO EN VERACRUZ, DETERMINACION DEL MONTO DE LAS RENTAS. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. REAVALUO DE INMUEBLES (LEGISLACION DE VERACRUZ). (s/clave)
- INQUILINATO EN VERACRUZ, LEY DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis