CONSTRUCCIONES, DAÑOS CAUSADOS A LAS. RESPONSABILIDAD OBJETIVA.
Es indudable que el Código Civil del Distrito Federal, acoge la teoría de la responsabilidad objetiva aunque no totalmente o en términos absolutos, de manera que no admita causa alguna de exoneración de esa responsabilidad. Conforme a dicha teoría, la obligación de reparar el daño se origina en una mera relación de causa a efecto entre el hecho causa y el hecho consecuencia, es decir, que descansa en una relación mecánica o física de causalidad que coloca a la víctima del daño en la mejor situación posible, puesto que así el demandante, para hacer efectiva la responsabilidad por el daño de que ha sido víctima, le basta la justificación de estos hechos: a) El daño sufrido. b) La relación de causa a efecto entre la causa y ese daño, y c) La propiedad de la cosa dañada. Justificados estos hechos, no tiene ningunos otros que probar, pues la presunción de responsabilidad pesa sobre el demandado. Este último, sólo puede librarse de la obligación respectiva, probando la causa de su exoneración, es decir, que pesa sobre él la carga de la prueba del motivo que lo exima de la misma, motivo que por otra parte está restringido sólo a caso fortuito, fuerza mayor, hecho de tercero o hecho de la víctima del daño, por culpa o negligencia inexcusable. De consiguiente, tratándose de un daño causado por la construcción de un oficio, la prueba del demandado, sobre la bondad de la obra, sobre su debida consolidación, no es bastante para eximirlo de las responsabilidad objetiva; el propietario no puede liberarse de la obligación de reparar el daño causado, sino probando además de su diligencia, que el daño se produjo, como ya se dijo, por caso fortuito, fuerza mayor, hecho de tercero o hecho de la víctima que significa culpa o negligencia inexcusable de su parte. Si no deja probado el demandado, sin lugar a dudas, que el hecho generador del daño, fue producido por alguna de estas circunstancias, no podrá ser exonerado de su responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/339592-5717e691/construcciones-danos-causados-a-las-responsabilidad-objetiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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